El agua es un recurso vital para la salud y la vida, pero también un factor de riesgo si no se trata y controla adecuadamente. En México, el marco regulatorio busca proteger a los consumidores mediante la aplicación de normas oficiales mexicanas (NOMs) que establecen parámetros específicos de calidad, higiene y seguridad.
Dos de las más importantes en el sector de purificación y comercialización de agua son:
NOM-127-SSA1-2021, que regula la calidad del agua para uso y consumo humano, estableciendo límites máximos de contaminantes químicos, físicos y microbiológicos.
NOM-201-SSA1-2015, que regula el proceso de envasado y distribución de agua y hielo para consumo humano.
Ambas normas son complementarias, pero aplican en contextos distintos. En este artículo explicaremos en qué escenarios corresponde cada una, sus diferencias principales y cómo asegurar el cumplimiento en una planta purificadora, negocio de agua envasada o incluso en instituciones que ofrecen agua a empleados y clientes.
La NOM-127: calidad del agua para uso y consumo humano
La NOM-127-SSA1-2021 es la norma que define los límites máximos permisibles de calidad que debe tener el agua destinada al consumo humano, ya sea suministrada por redes públicas, plantas potabilizadoras o procesos privados de purificación.
Aspectos clave de la NOM-127
- Alcance: Aplica a toda agua que se destine a uso y consumo humano, incluyendo hogares, empresas, hospitales, restaurantes, escuelas, etc.
- Parámetros de calidad: Regula la presencia de contaminantes físicos, químicos y microbiológicos.
- Microbiológicos: ausencia de coliformes fecales, E. coli y otros patógenos.
- Químicos: límites de arsénico, flúor, plomo, nitratos, entre otros.
- Físicos: turbidez, color, olor y sabor aceptables.
- Frecuencia de análisis: Establece lineamientos sobre la periodicidad con la que deben realizarse análisis físico-químicos y bacteriológicos.
- Aplicación: Es obligatoria para organismos operadores de agua potable, empresas purificadoras y cualquier entidad que suministre agua a terceros.
La NOM-201: envasado y distribución de agua y hielo
La NOM-201-SSA1-2015 entra en acción en el proceso posterior a la purificación: cuando el agua se envasa o el hielo se produce para fines de comercialización y distribución al consumidor.
Aspectos clave de la NOM-201
- Alcance: Aplica a todas las plantas purificadoras, fábricas de hielo y negocios que comercialicen agua envasada (desde garrafones hasta botellas individuales).
- Instalaciones: Establece requisitos de higiene en las plantas, incluyendo áreas de producción, almacenamiento y transporte.
- Personal: Obliga a que los trabajadores cuenten con capacitación en buenas prácticas de higiene y salud.
- Envases: Regula las condiciones de sanitización, reutilización (en el caso de garrafones) y sellado de los envases.
- Etiquetado: Especifica qué información debe incluirse en las etiquetas, como el número de lote, fecha de caducidad y datos del fabricante.
- Distribución: Asegura que, desde la planta hasta el consumidor, el agua y el hielo mantengan su inocuidad.
Aspecto | NOM-127 (Calidad del agua) | NOM-201 (Envasado y distribución) |
---|---|---|
Enfoque | Composición y pureza del agua | Higiene en envasado, etiquetado y transporte |
Aplica a | Organismos de agua potable, plantas purificadoras, instituciones | Plantas purificadoras, fábricas de hielo, distribuidores |
Objetivo | Verificar que el agua es apta para consumo humano | Asegurar que el agua siga siendo segura hasta llegar al consumidor |
Parámetros regulados | Físicos, químicos y microbiológicos | Instalaciones, procesos, envases y personal |
Evidencia requerida | Resultados de análisis de laboratorio | Inspecciones sanitarias y documentación de procesos |
¿Cuándo aplica cada norma?
Aplica la NOM-127
- Cuando una empresa, planta o institución debe demostrar que el agua que utiliza cumple con los estándares de potabilidad.
- En pruebas de laboratorio para verificar la inocuidad del agua.
- En auditorías de calidad del agua en organismos municipales y plantas purificadoras.
Aplica la NOM-201:
- Cuando un negocio envasa y comercializa agua en garrafones, botellas o produce hielo.
- En revisiones de buenas prácticas de higiene en plantas purificadoras.
- Para validar que el envase, transporte y almacenamiento cumplen las condiciones sanitarias.
En resumen: la NOM-127 se centra en el agua como producto, y la NOM-201 en el proceso de llevar ese producto al consumidor final.
Impacto en negocios de purificación y distribución de agua
Cumplir con ambas normas no solo es una obligación legal, sino también una estrategia de confianza y diferenciación en el mercado. Los consumidores actuales buscan garantías de calidad y transparencia en los productos que ingieren.
Una planta purificadora que cumple con la NOM-127 demuestra que su agua es segura; y al cumplir con la NOM-201, asegura que el consumidor recibirá ese mismo estándar de calidad en cada envase.

Además, el incumplimiento puede derivar en sanciones legales, clausuras, pérdida de reputación e incluso riesgos para la salud de los clientes.
La calidad del agua no termina en la purificación. La NOM-127 garantiza que el agua sea potable, mientras que la NOM-201 se encarga de que esa calidad se conserve hasta el consumidor final.
Conocer las diferencias y aplicar ambas normas de manera correcta es esencial para cualquier empresa dedicada a la purificación, envasado o distribución de agua.
El cumplimiento normativo no solo protege a los consumidores, también fortalece la competitividad de los negocios que desean destacar en un mercado cada vez más exigente.